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La opinión de Competencia sobre el Reglamento de Conductores

transporteprofesional.es | 0 comentarios | leído 3704 veces

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a petición del Ministerio del Interior, ha elaborado un informe sobre el proyecto de Real Decreto (PRD) por el que se modifica el Reglamento General de Conductores y en el que pone bajo la lupa la regulación y actividad de las autoescuelas.

La norma rebaja la edad mínima exigible en España para la obtención del permiso de conducción de vehículos de transporte de mercancías y de viajeros por carretera, posibilita la solicitud telemática del permiso de conducción internacional y, entre otras medidas adicionales, permite que las personas con discapacidad puedan obtener determinados permisos, tras una valoración individualizada de cada caso.

Por otra parte, plantea una formación adicional obligatoria dirigida a incrementar la sensibilización de los conductores sobre los riesgos de la circulación vial. Además, exige realizar un mínimo de cinco horas de clases prácticas para acceder a una segunda convocatoria del examen de conducción en caso de suspenso. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia valora de forma positiva las medidas que suponen una agilización en los trámites y la mejora de las interconexiones. No obstante, plantea objeciones desde la óptica de la competencia y de la regulación económica eficiente.

Formación para sensibilizar a los conductores

En el sistema español de acceso a los permisos de conducción, no se exige acreditar una formación específica teórica o práctica para acceder a los exámenes. Las pruebas de conocimientos (“examen teórico”) y de aptitudes y comportamientos (“examen práctico”) son el sistema de control de la capacidad de los candidatos. Mientras que el acceso al examen práctico se realiza, de forma obligatoria, a través de las autoescuelas, los alumnos pueden elegir si preparan el examen teórico por su cuenta, en una escuela de conductores autorizada (en una autoescuela) o a través de un centro de formación a distancia, incluyendo los centros online.

El Proyecto de Real Decreto introduce una formación obligatoria adicional dirigida a incrementar la sensibilización de los conductores sobre los riesgos de la circulación vial. Esta nueva formación se impartirá de manera presencial en las autoescuelas, tendrá una duración de entre ocho y 12 horas (dependiendo del tipo de permiso) y deberá realizarse antes de la prueba de control de conocimientos (el examen teórico).

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia no cuestiona la exigencia de formación adicional para incrementar la sensibilización de los nuevos conductores sobre los riesgos de la circulación. Sin embargo, considera que no se debe reservar la formación en exclusiva a las autoescuelas ni vincularse de forma temporal al examen teórico, pues ello favorece a las autoescuelas frente a otros modelos de negocio (como los prestadores de formación online), sin que exista justificación para ello. Además, la CNMC recomienda al Ministerio del Interior que valore posibles alternativas a la exigencia de que esta formación se realice de forma presencial.Tampoco considera justificado que el proyecto posibilite extender la exigencia de formación presencial a otras áreas de conocimiento para acceder a los permisos de circulación.

Clases prácticas entre exámenes

El proyecto de Real Decreto exige realizar un mínimo de cinco horas de clases prácticas cuando se suspenda el examen práctico y antes de presentarse por segunda vez. Esta medida pretende tener un efecto disuasorio sobre los alumnos. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia  considera que esta exigencia genera una carga sobre los alumnos y no está justificada desde la óptica de los principios de necesidad y proporcionalidad. De hecho, el proyecto no justifica que haya una relación de causalidad entre el suspenso en el examen práctico y haber tenido una formación insuficiente. Tampoco explica por qué tienen que ser en concreto cinco clases entre examen y examen.

La CNMC considera, además, que, si se pretende disuadir a los alumnos de presentarse al examen sin preparación suficiente, deben valorarse otras alternativas. Por otra parte, tras haber analizado el sistema de autoescuelas con ocasión de la elaboración de este informe, la CNMC advierte de que la regulación actual de las autoescuelas contiene requisitos de medios materiales y humanos que deberían ser objeto de reevaluación desde la óptica de los principios de buena regulación, ya que podrían estar desincentivando la entrada de nuevos agentes en el mercado.

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