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Tráfico admite el permiso B para conducir furgones Cero y Eco de hasta 4,2 toneladas

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La Dirección General de Tráfico ha decidido autorizar la conducción de furgones de más de 3,5 toneladas, concretamente hasta 4.250 kg de MMA, con el permiso B, siempre y cuando el vehículo disponga de la etiqueta Cero o Eco y el titular del permiso acumule dos años de antigüedad, según ha comunicado la organización UNO, que destaca que la Comisión Europea ha autorizado esta convalidación a través de la reforma de la directiva del CAP y que la DGT lo aplicará en España con la trasposición de la directiva a través del Reglamento General de Conductores.

Con esta medida, la DGT compensa así el exceso de peso que conllevan las baterías y depósitos de los vehículos ecológicos.De esta manera, si el vehículo ecológico sobrepasa los 3.500 kilos, y siempre que no exceda de 4.250 kilos, puede ser conducido por quienes cuenten con una antigüedad de dos años de la licencia de conducción B y no se les exigirá la obtención de la licencia C, estipulada para los vehículos de más de 3.500 kilos de masa máxima autorizada.

“Se trata de una decisión fundamental para incentivar el uso de vehículos ecológicos en el sector logístico español. Hemos venido trabajando intensamente con la DGT en esta línea para materializar una compensación que evitara la exigencia de la obtención del permiso de conducción C para los vehículos ecológicos que por el peso de sus baterías o tanques superaran los 3.500 kilos”, explica el secretario general de UNO, Francisco Aranda.

“Agradecemos la actitud proactiva de la DGT, tanto del área de Movilidad como la de Formación Vial, para defender medidas que favorezcan la expansión del uso de vehículos ecológicos en el sector y eliminar las barreras normativas que existían para ello”, apunta el directivo de UNO.

La reforma de la directiva europea del CAP, centrada en la cualificación inicial y la formación continua de los conductores del transporte de mercancías o de viajeros por carretera, ha llevado a la Comisión Europea a contemplar la autorización de la conducción con dos años de antigüedad de la licencia de conducir de categoría B, siempre que la masa máxima autorizada superior a 3.500 kilos, e inferior 4.250 kilos, provenga exclusivamente del exceso de masa del sistema de propulsión ecológico. Para su aplicación en España es necesario que, tras la publicación de la directiva CAP, la DGT proceda a su trasposición al Reglamento General de Conductores.

“Con esta medida, además, se avanza hacia una armonización normativa y seguimos los pasos normativos de otros países europeos como Suecia y Alemania. Se trata de una medida importante para las empresas de paquetería y logística si realmente se quiere fomentar una transición de furgonetas tradicionales hacia vehículos eléctricos o de gas”, argumenta Francisco Aranda.

Tacógrafo obligatorio
Con todo, la normativa que hace referencia al permiso de conducción exigido para un determinado vehículo pertenece a un ámbito diferenciado del que tiene que ver con regulación de los tiempos de conducción y descanso para los transportistas profesionales, que obliga a instalar un tacógrafo en los vehículos de más de 3,5 toneladas.

Por ello, a pesar de la novedad que supone que una furgoneta de más de 3,5 pueda ser conducida con el permiso B, por el momento estos vehículos equipados con un sistema de propulsión alternativa de hasta 4,25 toneladas deben seguir equipando un tacógrafo y su conductor respetar la normativa derivada de este dispositivo.

Sobre este asunto, fuentes de Fomento advierten de que lo razonable, tanto a nivel europeo como nacional, es caminar hacia una armonización que suponga que esta clase de vehículos para los que no se va a exigir el permiso C tampoco deban incorporar en un futuro el tacógrafo.

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