La Audiencia Nacional ha resuelto un recurso de la Comisión Nacional de la Competencia en relación a la anterior regulación española de acceso al sector del transporte por carretera. En concreto, ha declarado ilegal el requisito de flota mínima que se exigía hasta el nuevo ROTT amparándose en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, si bien la sentencia no cuestiona el requisito de antigüedad máxima de los vehículos que mantiene el nuevo ROTT, apuntan desde Fenadismer.
Así, el alto tribunal ha resuelto declarar nulas las resoluciones denegatorias del otorgamiento de una autorización de transporte sin cumplir el requisito de flota mínima, por entender que la Orden FOM 734/2007, si bien ha sido derogada por el reciente Real Decreto 70/2019 por el que se modifica el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, “no ha supuesto la nulidad de las resoluciones administrativas que se han dictado durante su vigencia”.
Por ello, la Audiencia Nacional amparándose en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 8 de febrero de 2018, por la que se declaró ilegal el requisito de flota mínima, implica “que el Reino de España ha incumplido el mandato del legislador europeo, concretamente a la hora de exigir un mínimo de tres vehículos para obtener una autorización de transporte de mercancías por carretera”, lo que supone “la declaración de nulidad de las resoluciones administrativas impugnadas”.
En todo caso, desde Fenadismer consideran que esta sentencia no tendrá efectos reales en la actual regulación española sobre acceso al sector, ya que tras la aprobación del nuevo ROTT el pasado mes de febrero ha desaparecido el requisito de flota mínima, “y por otra parte la Audiencia Nacional no ha cuestionado el requisito de antigüedad máxima de los vehículos que contemplaba la regulación anterior y que se ha mantenido con el nuevo reglamento“, recalcan.
Fue en 2016 cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) inició una batalla judicial contra la regulación española existente en aquel momento por el que se establecía el requisito de flota mínima para acceder al sector del transporte por carretera.