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Los transportistas valencianos se someterán a pruebas de alcohol y drogas

transporteprofesional.es | leído 3048 veces

El convenio colectivo de transporte de Valencia para el cuatrienio 2019-2022 incluye, por primera vez, la posibilidad de que los trabajadores puedan someterse de forma voluntaria a controles aleatorios de alcohol y drogas.

La Federación Valenciana de Empresarios de Transporte y la Logística (FVET) y los sindicatos UGT y CC.OO han firmado el convenio colectivo de aplicación al transporte de mercancías por carretera de la provincia de Valencia para el cuatrenio de 2019 a 2022. Según ha destacado el presidente de la patronal, Carlos Prades, la idea es que se vigilen las posibles conductas adictivas de los conductores profesionales. Para ello, se ha incorporado una regulación que establece los controles de alcohol y drogas a los que estarán obligados a someterse los conductores, sin necesidad de que sean avisados con antelación, siempre que se produzcan en determinados periodos bimensuales elegidos por el empresario a lo largo del año.

La patronal del transporte ha agradecido la sensibilidad puesta de manifiesto por parte de los sindicatos en este asunto, "que repercute de manera tan importante en la salud de los trabajadores y en la seguridad vial".

"Las pruebas de alcohol y drogas en el trabajo será una medida pionera en el transporte"

Además de esta medida, la patronal ha destacado la contención salarial y el mantenimiento de la jornada laboral como asuntos relacionados con la sostenibilidad de la estructura de costes de las empresas de transporte. El acuerdo de revisión promedio de los salarios, del 2% para los cuatro años de vigencia del convenio, se coloca por debajo del pacto interconfederal suscrito por la CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) y los sindicatos.

Para la patronal, este acuerdo laboral supone "importantes avances en aspectos como la mayor flexibilidad en materia de jornada para el trabajo los sábados para los trabajadores no conductores o la incorporación de la regulación de la subrogación para las actividades desarrolladas en las instalaciones de la empresa contratante".

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